¿Qué es el

REPSE?

  • Registro de Prestadores de Servicios Especializados u Obras Especializadas.
  • Creado en 2021 para regular la subcontratación y garantizar el cumplimiento fiscal y laboral.
  • Operado por la STPS; obligatorio para quienes ofrezcan servicios especializados.
  • https://repse.stps.gob.mx

Marco legal

  • Reforma del 23 de abril de 2021 a la Ley Federal del Trabajo (LFT).
  • Artículo 15: servicios especializados requieren registro REPSE.
  • Reglas publicadas en el DOF por la STPS.

 ¿Quienes deben registrarse?

  • Personas físicas y morales que presten servicios u obras especializadas.
  • Aplica si se pone personal a disposición en instalaciones del cliente.
  • El contratante debe verificar que el proveedor esté inscrito en el REPSE.

 Requisitos para el registro

  • RFC vigente y opinión de cumplimiento SAT, IMSS e INFONAVIT.
  • Documentos: acta constitutiva, poder notarial, comprobante de domicilio, identificación oficial.
  • Registro de actividades en catálogo SAT y constancia de situación fiscal.

 Proceso y tiempos de registro

  • Trámite en línea con e.firma en: https://repse.stps.gob.mx.
  • Validación automática de cumplimiento fiscal y de seguridad social.
  • STPS debe responder en 20 días hábiles; si no, aplica silencio administrativo.

Renovación y vigencia

  • Registro tiene vigencia de 3 años.
  • Debe renovarse en los 3 meses previos al vencimiento.
  • Si no se renueva a tiempo, se cancela automáticamente.

Consecuencias y Sanciones

  • Sin REPSE no se puede prestar servicios especializados legalmente.
  • Multas: de 2,000 a 50,000 UMAs (más de 5 millones de pesos).
  • Responsabilidad solidaria del contratante por omisiones del proveedor.

Beneficios del Registro

  • Permite contratar legalmente con empresas privadas y gobierno.
  • Aumenta la credibilidad y confianza ante clientes.
  • Evita sanciones, riesgos laborales y fiscales.

Obligaciones posteriores al Registro

  • Indicar número de REPSE en contratos y CFDI de nómina.
  • Entregar CFDIs, comprobantes de pagos IMSS, INFONAVIT e ISR al cliente.
  • Presentar informes cuatrimestrales a IMSS e INFONAVIT (enero, mayo, septiembre).

Antecedentes

1. Sentencia SCJN – Amparo sobre subcontratación y servicios especializados

  • La Segunda Sala de la Suprema Corte resolvió el amparo en revisión 81/2023, en el que se discutió la constitucionalidad del requisito REPSE para prestar servicios especializados. El Tribunal determinó que el artículo 15 y transitorios de la LFT y el Código Fiscal son procedentes, pero analizó su aplicación y efectos, considerando además garantías como libertad de asociación y debido proceso.

https://www2.scjn.gob.mx/juridica/engroses/2/2023/2/2_308277_6643_firmado.pdf?utm_source=chatgpt.com

Antecedentes en amparos múltiplesEstadísticas STPS

  • Según un informe consolidado de la STPS, entre diciembre 2018 y junio 2024 se tramitaron 5,893 juicios de amparo relacionados con outsourcing y subcontratación, muchos de ellos vinculados al REPSE.
  • https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/943010/Informe_Consolidado.pdf?utm_source=chatgpt.com

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