Reforma LFPIORPI 2025
LEY ANTILAVADO
La Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (LFPIORPI) fue objeto de reformas, al igual que el artículo 400 Bis del Código Penal Federal. Dichas modificaciones fueron aprobadas por la Cámara de Diputados, tanto en lo general como en lo particular, el 30 de junio de 2025, y remitidas al Ejecutivo para su revisión de constitucionalidad.Con esta actualización, la llamada Ley Antilavado amplía el alcance regulatorio, incorpora nuevos sectores bajo su supervisión y refuerza las herramientas de control. Entre los principales cambios destacan:
Principales adiciones y ajustes
– Nuevas obligaciones para quienes realizan Actividades Vulnerables.
– Sustitución del Salario Mínimo por la Unidad de Medida y Actualización (UMA).
– Endurecimiento de las sanciones por incumplimiento.
– Evaluación obligatoria con un Enfoque Basado en Riesgos.
– Mayor rigor en la identificación del Beneficiario Controlador.
– Para Personas Morales, obligación de recabar documentos que acrediten a su Beneficiario Controlador.
– Incorporación del concepto de Personas Políticamente Expuestas (PEP).
– Deber de reportar avisos en un plazo máximo de 24 horas ante sospecha de operaciones ilícitas.
– Creación de un régimen simplificado de identificación para clientes de carácter público.
Cambios legislativos más relevantes
Las modificaciones alcanzan diversos artículos de la LFPIORPI (3, 4, 6, 8, 11, 15, 16, 17, 18, 19, 21, 22, 22 Bis, 23, 25, 26, 27, 32, 33 Bis, 33 Ter, 33 Quater, 34, 35, 41 Bis, 45, 47, 51, 51 Bis, 51 Ter, 54 Bis y 55). El objetivo es alinear el marco legal mexicano con los estándares del Grupo de Acción Financiera (GAFI), cuya evaluación al país ocurrirá este mismo año.
Definiciones clave de la reforma
– Beneficiario Controlador: Se amplía el concepto para incluir a quien ejerza control efectivo sobre una persona moral, aun sin ser cliente directo. Exige respaldo documental y actualización periódica.
– Cliente o Usuario: Cubre a toda persona física o moral, incluidos fideicomisos, que celebre operaciones con sujetos obligados, ampliando la cobertura a desarrollos inmobiliarios y construcción.
– Riesgo: Se define como la probabilidad de que las actividades vulnerables sean utilizadas para lavado de dinero o financiamiento ilícito.
– Persona Políticamente Expuesta (PEP): Incluye a quienes ejercen o han ejercido funciones públicas, así como sus relacionados. La SHCP precisará los criterios en reglas generales.
- Régimen Simplificado para Clientes Públicos
La reforma introduce un esquema ágil de identificación para entidades públicas, con procedimientos menos burocráticos pero manteniendo controles de seguridad. Esto incluye verificación de la naturaleza pública, documentación específica y actualización periódica.Organizaciones sin fines de lucro
Se incorporan parámetros claros para su identificación y obligaciones diferenciadas, con mecanismos de supervisión especializados que buscan equilibrar la prevención de delitos financieros con la protección de su carácter legítimo.Nuevas facultades de la SHCP
La Secretaría de Hacienda asume mayores responsabilidades en registro electrónico, coordinación con autoridades de seguridad (incluyendo Guardia Nacional) y supervisión basada en riesgos. Su función será clave en garantizar un sistema más robusto y coordinado.Capacitación obligatoria
La Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) y el SAT deberán implementar programas de capacitación y asesoría en los primeros seis meses posteriores a la entrada en vigor. Estos cursos buscan reducir la incertidumbre, dar herramientas prácticas y facilitar la formalidad, especialmente a PYMES.Expansión a nuevos sectores
– Inmobiliario y construcción: Operaciones superiores a 210 UMA.
– Activos virtuales: Servicios de intercambio y custodia de criptomonedas, con operaciones superiores a 400 UMA.
– Profesionales jurídicos: Notarios y corredores públicos, en actos como constitución de sociedades y administración de fideicomisos.Sanciones reforzadas
El régimen sancionatorio se endurece, con multas más altas, nuevas causales (como falta de capacitación o actualización de información) y procesos administrativos más ágiles, respetando siempre el debido proceso.Impacto en el sector empresarial
Las compañías deberán fortalecer sus controles internos, implementar sistemas tecnológicos para seguimiento y trazabilidad, y conformar equipos especializados de auditoría. El cumplimiento de esta reforma implica una reorganización interna significativa y mayor inversión en cumplimiento normativo.